Problemas con viajes en avión
Compensación por retraso de vuelo: cuándo se aplica y de cuánto es
Mi vuelo llegó con retraso: ¿tengo derecho a reclamar y por qué importe?
Se aplica a: Unión Europea, Reino Unido y La legislación nacional varíaNormas revisadas por última vez: 29 de septiembre de 2026
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En breve
Según las normas de la UE, puede corresponder una compensación si llegas a tu destino final 3 horas o más después de la hora de llegada prevista (EUR 250, 400 o 600 según la distancia), salvo que la aerolínea demuestre que el retraso se debió a circunstancias extraordinarias que no habría podido evitar.
Las normas del Reino Unido funcionan igual, pero en libras: GBP 220, 350 o 260/520 según la distancia y, en los vuelos más largos, según el retraso con que llegues, cuando llegas con más de 3 horas de retraso (la formulación que usa la CAA). Que una u otra normativa cubra tu vuelo depende de dónde salió, dónde aterrizó y qué aerolínea lo operó.
Qué hacer a continuación
- Anota la hora real de llegada al destino final; la hora de la puerta de embarque no basta.
- Conserva tu tarjeta de embarque y cualquier correo o mensaje de la aplicación que indique el motivo del retraso.
- Pide el motivo por escrito y compáralo después con la prueba de las «circunstancias extraordinarias» explicada arriba.
- Reclama una sola vez, a la aerolínea: no aceptes bonos a menos que quieras recibirlos.
- Busca el organismo nacional de control que corresponde a tu vuelo (el país de salida o, en un vuelo que llega a la UE desde fuera, el país de llegada).
Qué comprobar
Qué normas cubren tu vuelo
| Normativa | Vuelos cubiertos | Moneda de la compensación |
|---|---|---|
| UE (Reglamento 261/2004) | Vuelos que salen de un aeropuerto de un Estado miembro de la UE y vuelos que llegan a la UE desde un aeropuerto de fuera de la UE operados por una aerolínea de la UE (comunitaria), salvo que allí ya hayas recibido prestaciones o compensación | Euro (EUR) |
| Reino Unido (UK261) | Vuelos que salen de un aeropuerto del Reino Unido y vuelos que llegan a un aeropuerto del Reino Unido en una aerolínea británica o de la UE | Libra esterlina |
| Otros países | Su propia legislación o las condiciones de transporte de la aerolínea: consulta a la autoridad nacional de aviación del país en cuestión | Varía |
Debes tener una reserva confirmada y, para las normas de la UE, haberte presentado a facturar a la hora que la aerolínea te indicó por escrito o, si no te indicó ninguna, a más tardar 45 minutos antes de la hora de salida publicada; también quedan cubiertos los pasajeros que la aerolínea trasladó desde otro vuelo. Si tu aeropuerto de salida no está en un Estado miembro de la UE, pregunta al organismo nacional de control de ese país qué normas se aplican.
Esta tabla simplifica los artículos sobre el ámbito de aplicación. Un vuelo con escala fuera de la UE en una sola reserva puede seguir estando cubierto; consulta la guía sobre conexiones perdidas.
Qué ha pasado
La prueba de las 3 horas, medida en el destino final
El texto del propio reglamento fija los plazos a partir de los cuales debes recibir atención (2, 3 o 4 horas según la distancia), pero el derecho a compensación lo estableció el Tribunal de Justicia: los pasajeros de vuelos retrasados se equiparan a los de vuelos cancelados cuando llegan a su destino final 3 horas o más después de la hora de llegada prevista. Lo que cuenta es cuándo llegaste, no cuándo saliste.
Se mide en el destino final de la reserva. En vuelos con conexión directa, un pasajero que sale con un retraso inferior a los umbrales de asistencia pero llega al destino final con 3 horas o más de retraso puede reclamar igualmente.
Qué comprobar
De cuánto es
| Distancia del vuelo | EU 261/2004 | UK261 |
|---|---|---|
| 1500 km o menos | EUR 250 | GBP 220 |
| Vuelos dentro de la UE de más de 1500 km y otros vuelos de entre 1500 y 3500 km | EUR 400 | GBP 350 (Reino Unido: 1500–3500 km) |
| Todos los demás vuelos (UE) / más de 3500 km (Reino Unido) | EUR 600 | GBP 260 si el retraso es de 3–4 horas; GBP 520 si es de más de 4 horas |
La distancia se mide según el criterio del círculo máximo, hasta el destino al que la incidencia retrasa tu llegada. (En las cancelaciones y en la denegación de embarque, cuando te reencaminan, la aerolínea puede reducir la compensación un 50% si llegas dentro de las 2, 3 o 4 horas, según la distancia, posteriores a la hora de llegada prevista.)
Cuándo pueden no aplicarse las normas
Cuándo puede negarse la aerolínea: circunstancias extraordinarias
La aerolínea no tiene que pagar compensación si demuestra que la incidencia se debió a circunstancias extraordinarias que no habrían podido evitarse ni aun adoptando todas las medidas razonables. La carga de la prueba recae en la aerolínea, y si una causa concreta (por ejemplo, una avería técnica) cuenta como tal lo deciden los tribunales según los hechos. No aceptes que te digan sin más que fue «extraordinario»: pide el motivo por escrito.
Aunque se deniegue la compensación, la aerolínea sigue obligada a atenderte mientras esperas: comidas y refrigerios, comunicaciones y, si hace falta, alojamiento. Consulta la guía sobre cancelaciones para ver las obligaciones de atención y la guía sobre reembolsos para el reintegro.
Qué hacer
Cómo reclamar
- Reúne: la confirmación de la reserva, la tarjeta de embarque, las horas de llegada prevista y real, y la explicación de la aerolínea.
- Escribe al departamento de atención al cliente de la aerolínea e indica el vuelo, el retraso en el destino final y el importe que reclamas.
- Si la aerolínea rechaza la reclamación o no responde, acude al organismo nacional de control: en un vuelo que sale de un aeropuerto de la UE, el del país de salida; en un vuelo que llega a la UE desde un tercer país, el del país de llegada. En el Reino Unido, usa la vía de la CAA que se describe más abajo.
- Los plazos para acudir a los tribunales los fija la legislación nacional y varían mucho. No esperes: pregunta al organismo de control del país correspondiente qué se aplica.
En el Reino Unido, algunas aerolíneas pertenecen a sistemas de resolución alternativa de litigios y deben darte los detalles; si la aerolínea no es miembro y crees que la reclamación es válida, la CAA indica que puede ayudarte a defender tu caso.
Normas en revisión
Las instituciones de la UE alcanzaron en junio 2026 un acuerdo político sobre una revisión de los derechos de los pasajeros aéreos; el Parlamento y el Consejo todavía tienen que ratificarlo formalmente, y la Comisión indica que las normas revisadas se aplicarían 12 meses después de su adopción y publicación. Todavía no son aplicables: las normas de esta página son las que están en vigor hoy.
Fuentes
- Reglamento (CE) n.º 261/2004 sobre derechos de los pasajeros aéreos (Diario Oficial) — EUR-Lex, European Union
- Sentencia C-402/07 Sturgeon (compensación por retraso, 3 horas) — Court of Justice of the EU, via EUR-Lex
- Sentencia C-581/10 Nelson (pérdida de tiempo de 3 horas) — Court of Justice of the EU, via EUR-Lex
- Sentencia C-11/11 Folkerts (vuelos con conexión) — Court of Justice of the EU, via EUR-Lex
- Retrasos de vuelos — Autoridad de Aviación Civil del Reino Unido — UK Civil Aviation Authority
- Reclamar gastos y compensación — Autoridad de Aviación Civil del Reino Unido — UK Civil Aviation Authority
- Organismos nacionales de control de los derechos de los pasajeros — Comisión Europea — European Commission
- La Comisión celebra el acuerdo sobre la revisión de los derechos de los pasajeros aéreos (15 junio 2026) — European Commission
Información general para ayudarte a entender tus opciones; no es asesoramiento jurídico ni una promesa de que te corresponda ningún pago o reembolso. Tus derechos dependen de las circunstancias de tu viaje y de la ley aplicable; consulta las fuentes oficiales indicadas arriba y las condiciones del propio transportista.